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Almería Registro Civil

En Almería, Registro Civil es un servicio público encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas físicas. Es importante que antes de acudir, solicitemos en el Registro Civil Almería cita previa.

Para solicitar Cita en el Registro Civil de Almería, puedes hacerlo de dos maneras:

Por teléfono

Puede obtener cita previa en el Registro Civil de Almería por teléfono llamando al teléfono oficial
918 372 295.

Por Internet

Puede solicitar cita por internet en el Registro Civil de Almería accediendo a la página oficial. administracionespublicas.gob.es.

¿Dónde está el Registro Civil de Almería?

El Registro Civil de Almería se encuentra en Ctra. de Ronda, 120, 04005 Almería.

Con teléfono de contacto 950 80 90 76.

Horario: De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 h.


¿Qué es el Registro Civil de Almería?

El Registro Civil de Almería es un grupo administrativo o servicio público, encargado de inscribir los hechos o actos relacionados con el estado civil de las personas naturales, así como los demás que las leyes le encomienden.

Los nacimientos, la filiación, los apellidos y nombres de las personas, las defunciones reales o presuntas, los matrimonios se inscriben en el estado civil. De igual forma, dependiendo del país, puede corresponder a inscripción de tutela, patria potestad, emancipación, nacionalización y registro de profesionales.

El Registro Civil de Almería es un órgano administrativo público del Ministerio de Justicia encargado de inscribir los hechos o actos relacionados con el estado civil de las personas naturales. Los nacimientos, las defunciones y los matrimonios se inscriben en el registro del estado civil.

Mediante los documentos correspondientes, el Registro Civil hace pública la información inscrita sobre hechos civiles ocurridos en España.

Funciones del Registro Civil de Almería

Las funciones del Registro Civil de Almería son varias. Principalmente, se centra en regular los diferentes hechos que conciernen al estado civil de las personas físicas, como por ejemplo los nacimientos, matrimonios y defunciones.

En el Registro Civil de Almería se inscriben los siguientes documentos:

  • El nacimiento.
  • La filiación.
  • El nombre y apellidos.
  • La emancipación y habilitación de edad.
  • Los cambios judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
  • Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
  • La nacionalidad y vecindad, la patria potestad, tutela y otras representaciones que recoge la Ley.
  • El matrimonio.
  • La defunción.

Para definir su misión citaremos el Artículo 2 de la Ley del Registro Civil, vigente desde 1957:

“El Registro Civil de Almería constituye la prueba de los hechos inscritos. Sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuere posible certificar del asiento se admitirán otros medios de prueba; pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.”

Naturaleza y contenido del Registro Civil de Almería

El Registro Civil es un registro público dependiente del Ministerio de Justicia. Todas las cuestiones relativas al estado civil se encomiendan a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Los encargados del estado civil deberán cumplir con los decretos, instrucciones, resoluciones y circulares del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

El Registro Civil de Almería tiene por objeto inscribir oficialmente los hechos y actos que se refieren al estado civil de las personas y los que determina la presente ley.

El contenido del estado civil lo integran todos los expedientes individuales de las personas físicas y las demás inscripciones que en ellos se hagan de conformidad con lo dispuesto en esta ley.

Competencias generales del Registro Civil de Almería

El Registro Civil de Almería inscribe los hechos y actos inscribibles que afecten a españoles y se refieran a extranjeros que hayan tenido lugar en territorio español.

Asimismo, se inscribirán los hechos y actuaciones que hayan tenido lugar fuera de España si las leyes españolas exigen las correspondientes inscripciones.

Organización del Registro Civil de Almería

El Registro Civil es público y se compone de los siguientes registros:

  • Registros Municipales
  • Registros Consulares
  • Registros Centrales

La nueva ley de 2011 abandona las preocupaciones sobre la verificación territorial de los hechos sobre los individuos y la reemplaza con un modelo muy diferente que prioriza la historia de cada individuo. Por lo tanto, esta ley deroga el sistema tradicional de dividir el registro civil en secciones para crear un registro individual para cada persona.

Esta ley prevé, que para toda España se diseñará un Registro del Estado Civil único, informatizado y accesible electrónicamente, configurándose como una única base de datos, con un registro electrónico en el que se realicen las anotaciones informatizadas, organizando la publicidad y dando crédito a los hechos y actas del estado civil.

Publicidad del Registro Civil de Almería

El Registro Civil de Almería es público y se pueden conocer los asientos, excepto en los siguientes casos, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial:

  • De la filiación adoptiva o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.
  • De la rectificación del sexo.
  • De las causas de privación o suspensión de la patria potestad.
  • De los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que estén incorporados en expediente que tenga carácter reservado.
  • Del legajo de abortos.
  • De los cambios de apellidos autorizados conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 208 de este Reglamento.

El Registro Civil hace pública la información por medio de los siguientes documentos:

Certificado de nacimiento en Almería

Un certificado de nacimiento, registro de nacimiento, partida de nacimiento o acta de nacimiento es un registro vital que documenta el nacimiento de una persona.

El término «certificado de nacimiento» puede referirse al documento original que acredite las circunstancias del nacimiento oa una copia certificada o representación del certificado de nacimiento posterior. Según la jurisdicción, un certificado de nacimiento puede o no incluir la confirmación del evento por parte de una partera o un médico.

Certificado de matrimonio en Almería

El certificado de matrimonio es el documento expedido por el Encargado del Registro Civil de Almería, que hace fe del acto del matrimonio y de la fecha hora y lugar en que acontece (art. 69 LRC).

Podrán expedirse certificaciones electrónicas de matrimonio con sello electrónico de la  Dirección General de los Registros y del Notariado a partir de los datos contenidos en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles.

Certificado de defunción en Almería

El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona, fecha y lugar en que se produjo.

¿Qué se inscribe en el Registro Civil de Almería?

En el Registro Civil de Almería se inscriben:

  • El nacimiento.
  • La filiación.
  • El nombre y apellidos y cambios sobre los mismos.
  • La emancipación y habilitación de edad.
  • Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
  • Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
  • La nacionalidad y vecindad.
  • La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.
  • El matrimonio.
  • La defunción.

¿Cuánto cuesta inscribir en el Registro Civil de Almería?

Son gratuitos los asientos del Registro Civil, las licencias de enterramiento y los expedientes relativos al Registro Civil.

Efectos de la inscripción en el Registro Civil de Almería

El estado civil de Almería constituye prueba de los hechos registrados. Sólo en los casos de falta de registro o en los que el registro no pudo ser autenticado (obtenido) se admite otra prueba, en cuyo caso en el primer caso es obligatoria la admisión previa o simultánea a la no inscripción o restablecimiento del domicilio social. 

Inscripción de matrimonio en el Registro Civil Almería

La inscripción certifica el matrimonio así como la fecha, hora y lugar en que se solemniza. Es prueba de que se ha contraído el matrimonio, ya que es el título que legitima el estado civil de las personas casadas.

El matrimonio tiene efectos civiles desde su celebración y es necesaria su inscripción en el estado civil para su pleno reconocimiento.

Inscripción nacimiento en el Registro Civil de Almería

Nacimiento o parto significa el momento en que una persona tiene vida propia, de forma independiente fuera del útero materno.

El nacimiento determina la personalidad y puede ser sujeto de derechos y deberes debido al desprendimiento total del vientre materno.

La inscripción de nacimiento es la inscripción en el registro que lleva el Registro Civil de Almería, en la que se hace constar el hecho del nacimiento, la fecha, hora y lugar en que se produjo, el sexo y, en su caso, la filiación del registrante. La filiación determina el apellido del registrante.

El nacimiento produce efectos de derecho civil desde el momento en que tiene lugar, pero su inscripción en el registro civil es necesaria para su pleno ejercicio.

Inscripción de defunción en el Registro Civil Almería

Es el medio por el cual se certifica el fallecimiento de una persona (fecha, hora y lugar del fallecimiento).

La muerte tiene efectos civiles desde el momento en que se produce, pero para que sea plenamente reconocida es necesario inscribirla en el registro del estado civil.

Inscripción de nacionalidad en el Registro Civil de Almería

La adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

¿Cuáles son los órganos del Registro Civil de Almería?

Institucionalmente, el registro es único.

De acuerdo con el artículo 10 del Código del Estado Civil, el estado civil se compone del registro municipal bajo la responsabilidad del juez de primera instancia asistido por el secretario, el registro consular bajo la responsabilidad de los cónsules españoles en el extranjero y, en el ámbito nacional, del Registro Civil Central.

Hay 431 oficinas principales del estado civil, de las cuales 16 se dedican exclusivamente a las tareas del estado civil. El resto está encabezado por un juez de primera instancia, asistido por un secretario que realiza funciones de secretaría a tiempo parcial.

Jueces de paz, quienes también actúan como delegados de los secretarios municipales. Actualmente hay 7.667. Hay una oficina de estado civil en cada demarcación consular. Actualmente hay 177.

¿Cómo se organiza el Registro Civil de Almería?

El Registro Civil de Almería se divide en cuatro secciones:

  • La primera, de Nacimientos y general.
  • La segunda, Matrimonios.
  • La tercera, Defunciones.
  • La cuarta, Tutelas y representaciones legales.

¿Qué Registro es competente en cada caso?

Los nacimientos, matrimonios y defunciones deben inscribirse en el registro del lugar donde se produzcan. Es decir, los nacimientos, matrimonios y defunciones que se produzcan en el municipio de Almería deberán inscribirse en el Registro Civil de Almería. Si se desconoce el lugar señalado, se hace la inscripción del nacimiento o de la defunción en el registro correspondiente a aquel en que se halló el niño o el cuerpo abandonado.

El lugar donde finaliza el viaje es el encargado de registrar los nacimientos, matrimonios y defunciones durante un viaje. En caso de muerte, la del lugar donde haya de efectuarse la inhumación o, en su defecto, la del lugar de primera llegada.

No obstante lo anterior, los nacimientos que se produzcan en territorio español, si se solicita su inscripción en plazo, podrán ser inscritos en el registro municipal del estado civil correspondiente al domicilio del o los progenitores legalmente conocidos.

La solicitud se realiza por mutuo consentimiento de los representantes legales del menor o, en su caso, del único representante legal de este último, acompañándose a la solicitud los documentos que acrediten la residencia común establecida por el Reglamento. Padres o el único familiar conocido.

Las inscripciones de nacimiento que se expidan de conformidad con lo dispuesto en este artículo se considerarán, para todos los efectos legales, como el lugar de nacimiento de la persona inscrita en el municipio donde se hizo la inscripción. Solo este municipio se nombra en los certificados de mudanza.

Corresponde también al Registro Civil de Almería la inscripción de los nacimientos por adopción o adquisición de la nacionalidad española, a lo que se refiere expresamente el artículo 16, en los apartados 3 y 4 de la Ley del Registro Civil.

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